ROJAS, Marzo 29 (www.RojasCiudad.net) El área que conducen Sandra Gojanovich y Mariana Domenge se encuentra trabajando fuertemente en el tratamiento de las pensiones no contributivas, las cuales son una estrategia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación que a través de este programa, establece como política principal la inclusión en el entramado social de los sujetos de derecho en situación de vulnerabilidad social.
Basados en un modelo nacional de gestión de justicia social e igualdad de oportunidades, acorde a un proyecto de país impulsado desde la Presidencia de la Nación, este Ministerio reconoce la necesidad de continuar fortaleciendo la Red Federal de Políticas Sociales.
Por tal motivo, desde esta área municipal, se comunica que las personas que deban tramitar estas pensiones, o que tienen su trámite en curso deben dirigirse su nueva sede en Avenida San Martín, ex estación del FC Nuevo Central Argentino
1. ¿QUÉ SON LAS PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS?
Las Pensiones No Contributivas son las que no requieren de aportes para su otorgamiento.
2. TIPOS DE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS
Comprende tres grupos:
- Vejez, Invalidez, Madres de 7 o más hijos
- Pensiones Graciables
- Comprendidas en Leyes Especiales
Las pensiones a la Vejez, por Invalidez y por Madres de 7 o más hijos son un derecho que tienen aquellas personas que se encuentren en estado de vulnerabilidad social sin amparo previsional o no contributivo, que no posean bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia y que no tengan parientes obligados legalmente a proporcionarles alimentos o que, teniéndolos se encuentren impedidos para poder hacerlo.
Las pensiones se otorgan a:
• Mayores de 70 años -Pensión a la Vejez.
• Personas que presenten un 76 % de Invalidez/ Discapacidad
• Madres de 7 o más hijos
Las pensiones graciables son aquellas que se otorgan por medio del Congreso de la Nación de acuerdo a lo establecido en Ley Nº 13.337 y por la Ley de Presupuesto General de la Nación que la otorgó. Las funciones de la Comisión Nacional de Pensiones son las de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley de otorgamiento y su posterior liquidación.
Las Pensiones por Leyes Especiales abarcan las otorgadas a:
• Presidentes y Vicepresidentes de la Nación de la Argentina
• Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Premio Nóbel
• Primeros Premios Nacionales a las Ciencias, Letras y Artes Plásticas
• Premio Olímpico y Paralímpico
• Familiares de Personas Desaparecidas
• Pioneros de la Antártida
• Precursores de la Aeronáutica
• Primera Conscripción Argentina (Cura Malal). (www.RojasCiudad.net)