Sanciones

Boletín de penas tras una nueva fecha de fútbol

Nómina de suspendidos.
Nómina de suspendidos.

En una nueva reunión correspondiente a las asignadas para determinar las sanciones respectivas al certamen en cuestión, el Honorable Tribunal de Penas se reunió el pasado 9 de agosto para determinar las sanciones de la Alianza Deportiva Noroeste Bonaerense

Suspendidos

MAYO Agustín 37433899 D. UNION 2 partidos 204 y 48 1)

ARGUELLO Manuel 40016973 Boca Jrs. 1 partido 207

MURILLO Gerardo 19235866 El Huracán 1 partido 207

PIOVANO Juan 37980234 Jorge Newbery 4 partidos 200 a)1)

Suspensión Provisional ART. 22 RTP.

ESPERONI Raul ARGENTINO -- --

SUSPENSION POR ACUMULACION TARJETAS AMARILLAS – ART. 208 RTP y Reg. Gral. Del Torneo

GUEVARA Carlos 36361464 BOCA JRS 1 PARTIDO 208

PALMIERI Alan 37980308 J. NEWBERY 1 PARTIDO 208

CHAMORRO Ivan 41755365 J.NEWBERY 1 PARTIDO 208

Vistas: PARTIDO Carabelas Vs. Sarmiento

* AL ÁRBITRO ARMANDO BARREIRO – Ampliación informe sobre conducta atribuída al jugador nro. 10 del Club Argentino Raúl Esperoni al término del encuentro ( 48 horas)

*Al jugador nro. 10 del Club Argentino Raúl Esperoni, para que realice su descargo por su actitud al término del encuentro conforme informe arbitral, debiéndosele aportar la ampliación al mismo solicitada en el punto anterior ( 5 días)

Resolución

Partido Racing Vs. Social: visto: El árbitro del encuentro informó que el club local (Racing) reclama un balón que cayó sobre la parcialidad visitante y no se devolvió,

Se dio traslado a la institución, sin que haya efectuado manifestación alguna en su descargo

Que es jurisprudencia del Tribunal de Disciplina del Interior del CFFA, seguida por este cuerpo, que los informes elaborados por los árbitros constituyen semiplena prueba de lo que en ellos se consigna, y que sólo mediante el aporte de testimonios directos en contrario pueden desacreditarse ese valor.

En ese sentido, en cuanto al balón reclamado por el Club Racing el Art. 99 establece - Cuando los socios, público partidario, dirigentes, jugadores, personal técnico, etc., de un club causen daño en el estadio de otro en oportunidad de cualquier partido, el club responsable quedará obligado a reparar los daños y perjuicios que se hubieran ocasionado en la misma calidad y sustancia.-

Por ello se RESUELVE:

IMPONER AL CLUB SOCIAL una sanción de restitución de un balón de juego o su equivalente al valor de un balón de uso oficial en la Alianza Deportiva.

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