LA
PLATA, Noviembre 11 (www.RojasCiudad.net)
Ante el incremento y proliferación de hechos de inseguridad, acaecidos a
personas mientras viajan en taxis o remises, e incluso circunstancias donde son
víctimas los propios conductores de los vehículos, el diputado provincial del
GEN, Jorge Santiago, presentó esta
semana un proyecto atacando dicha problemática.
También
es común ver, ante este tipo de delitos, que los magistrados no cuentan con
elementos concretos para investigar, sancionar y reparar el daño causado a los
habitantes de esta provincia.
Por
tal motivo, el proyecto de Santiago comienza señalando que “las imágenes
obtenidas tienen carácter confidencial, y sólo podrán ser requeridas por jueces
que se encuentren abocados a la investigación de causas contravencionales o
penales”.
La
norma en cuestión propone autorizar a los permisionarios de taxis y remises a
utilizar video-cámaras para grabar imágenes en el interior de los vehículos,
con el objeto de asegurar la protección de los usuarios, conductores y
vehículos afectados. Con este nuevo dispositivo tecnológico se busca “prevenir
y constatar delitos y los daños causados a las personas y los bienes”.
En
virtud de que con esta norma se transita la lábil frontera entre la
inseguridad/intimidad de las personas, el Artículo 3 explicita tres casos en
los que “no se podrán utilizar” videocámaras:
a)
No podrán captar imágenes del interior de propiedades privadas distintas al
vehículo en el que fueron colocadas, excepto por autorización judicial expresa,
con carácter previo;
b)
Cuando se afecte de forma directa, grave y sin justificación, la intimidad de
las personas, no obstante estar situada en el interior del vehículo;
y
c) No podrán captar sonidos. El conductor del taxi o remís estará exceptuado de
lo dispuesto en el presente inciso, ante un hecho delictual del cual fuere víctima,
supuesto en el que a partir de la activación de un botón de pánico podrá
transmitir sonidos desde el interior del automóvil hacia las fuerzas de
seguridad”.
El
diputado oriundo de Rojas resaltó en su proyecto que los responsables de la
operación y manejo de videocámaras y otros equipos, “deberán adoptar las
medidas necesarias que garanticen la seguridad y confidencialidad de las
imágenes y datos por ellas obtenidos, evitando su alteración, perdida,
tratamiento o acceso no autorizado”. Y de acuerdo a lo especificado en la Ley
25.326 de Datos Personales.
Asimismo
y en el caso del incumplimiento de los deberes y obligaciones impuestos en la
novel Ley, por parte de los operadores de videocámaras u otros equipos
análogos, “será considerado falta grave, correspondiendo a los infractores las
sanciones previstas en el Capítulo II del Código de Faltas”.
Santiago
resaltó que las imágenes que se obtengan “deberán ser conservadas por un plazo
de seis meses, que se computará a partir de la fecha de su captación, vencido
el cual serán destruidas, salvo que estén relacionadas con delitos y/o
contravenciones, con una investigación policial o con un procedimiento judicial
o administrativo en curso”.
En
caso de haberse captado la comisión de hechos que pudieran ser constitutivos de
ilícitos penales, en la norma se especifica que “el operador pondrá la cinta o
soporte original de las imágenes a disposición judicial en forma inmediata y
hasta el plazo máximo de 24 horas desde su grabación”.
El
legislador que representa a la Segunda Sección bonaerense, deja claro en su
iniciativa que la existencia de videocámaras en el vehículo “debe informarse
mediante un cartel indicativo”, de manera clara y permanente, ubicada tanto en
el interior como en el exterior del vehículo y sin necesidad de especificar su
emplazamiento.
“Por
lo expuesto -finaliza Santiago en su proyecto- y en el convencimiento de la
importancia de encontrar el punto medio entre la necesidad de asegurar la vida
y los bienes de los habitantes respeto de sus derechos de intimidad, privacidad
y libertad, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley”.
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