ROJAS, Diciembre 16 (www.RojasCiudad.net) Ante el arribo de la época estival y cuando más debemos hacer un uso razonable del agua potable de red, desde el área de Ambiente de la comuna, que encabeza Gabriela Rodríguez, se ha considerado oportuno recordar la vigencia de reglamentaciones locales que se refieren al tema.
En esta oportunidad comunicamos a la población que el artículo 34 de la Ordenanza 236/80, determina lo siguiente:
“Queda prohibido el uso y descarga de agua en la vía pública, en los siguientes casos:
a) Lavado de automóviles en la calzada, que solo podrá efectuarse los días sábado y domingo, durante todo el día. La autorización permite solamente el uso de agua natural, sin detergentes ni agregados de ninguna clase, prohibiéndose el uso de mangueras.
b) Queda estrictamente prohibido el lavado de vehículos de carga y transporte de pasajeros en la vía pública.
c) Queda estrictamente prohibido el uso de desagües pluviales en la vía pública, ya sean cubierto o a cielo abierto, para descargas permanentes o periódicas de aguas blancas y/o grises.
Los balcones y/o techos o cubiertas que se construyan, no pueden tener escurrimiento libre o goteo en la vía pública. (www.RojasCiudad.net)