El lunes por la noche se llevó a cabo la tradicional reunión del Honorable Tribunal de Penas de la Liga de Fútbol de Rojas. Tras la misma se dieron a conocer los fallos disciplinarios emitidos por el Tribunal de Penas.
Los mismos recayeron sobre los jugadores expulsados, como así también por los integrantes de los cuerpos técnicos también expulsados o informados por los árbitros en los partidos del fin de semana.
También fue emitida una respuesta a una nota presentada en su momento por el club Jorge Newbery tras el encuentro en el que fue eliminado por el Deportivo Unión de Carabelas en primera división.
SANCIONES APLICADAS:
DIVISIONES JUVENILES
GIBERT Kevin (44.338.915 – D. UNION): Art. 207° UN (1) PARTIDO DE SUSPENSION.
DIVISIONES SUPERIORES
VILLAREAL Diego (40.831.625 – D. UNION): Art. 200° Inc. b) TRES (3) PARTIDOS DE SUSPENSION.
MOMBIELA Oscar (4.968.987 – CUERPO TECNICO D. UNION): Art. 210° - Art. 260° y Art. 186° TRES (3) PARTIDOS DE SUSPENSION O VALORES ENTRADAS SESENTA Y TRES (63).
MARTINEZ Gustavo (14.370.167 – CUERPO TECNICO ARGENTINO): Art. 260° y Art. 186° DOS (2) PARTIDOS DE SUSPENSION O VALORES ENTRADAS CUARENTA Y DOS (42).-
JUGADORES QUE ACUMULAN CUATRO (4) TARJETAS AMARILLAS:
CALVO Gaspar (38.632.761 – ARGENTINO).
TISSERA Luciano (36.098.378 – B. JUNIORS).
PEREYRA Gastón (40.232.574 – D. UNION).
JUGADORES QUE ACUMULAN CINCO (5) TRAJETAS AMARILLAS CON UN (1) PARTIDO DE SUSPENSION (ART. 208°):
CALABIA Esteban (39.095.122 – ARGENTINO).
NAVARRO Alexander (38.632.723 – N.C. JUVENTUD).
MIRANDA Leandro (39.833.484 – N.C. JUVENTUD).
SOSA Luis (34.991.157 – D. UNION).
PEREYRA Franco (40.035.598 – D. UNION).
NOTA CLUB ATLETICO J. NEWBERY:
VISTO: La presentación formal del Club Atlético J. Newbery ante el Consejo Directivo de la Liga Deportiva de Fútbol de Rojas, la cual fuera derivada a este H. T. de Penas el día 08-07-2019, al efecto de brindar una respuesta a la mencionada Institución, la que solicita: “…Se expida sobre la existencia o no de una irregularidad, que dé lugar a una sanción al Club infractor, sobre lo
observado en la planilla de jugadores y resultados, del partido que nuestro primer equipo de fútbol disputó contra el Deportivo Unión de Carabelas el día domingo 30 de Junio del corriente año, por el árbitro del encuentro Sr. Budiño, en la que dejó constancia de una posible causa de exclusión y/o inhabilitación del jugador Nro. 3 Paolo Luna, por la presentación de su identificación con solo la primera y segunda hoja del Documento Nacional de Identidad….” Sobre el particular este H. T. de Penas RESUELVE sobre el caso planteado de hacer conocer sobre lo reglado para la acreditación de identidad a todas las Instituciones: DOCUMENTACION EXIGIBLE PARA PARTICIPAR EN LOS PARTIDOS: Los jugadores y miembros del personal técnico deberán acreditarse ante las autoridades arbitrales antes de iniciarse los encuentros al momento de firmar las planillas de jugadores y resultados. Los únicos documentos reconocidos a tales fines son: los documentos Nacional de Identidad vigentes: Libreta celeste y todos los digitalizados, quedan excluidos definitivamente las libretas verdes (Ley n° 17.671 Ministerio de Interior). En caso de duda a pedido de alguna de las partes, el árbitro deberá solicitar la documentación del caso, pero bajo ningún concepto podrá impedir que un jugador sea incluido en la misma, corriendo por cuenta del equipo al cual pertenece el jugador a los efectos a que pudiera dar lugar la inclusión del mismo. En el control de la documentación es imprescindible la presencia de los Delegados. (Prescripciones de los distintos torneos que organiza el C.F.F.A. Reiterado en el art. 29° del Reglamento General Torneo 2019 de la Alianza Deportiva del Noroeste Bonaerense).
Asimismo se hace mención que es de responsabilidad de las Instituciones, cumplir y hacer cumplir las disposiciones reglamentarias.