Se dieron a conocer las sanciones aplicadas por el Tribunal de Penas del torneo integrado entre Rojas y Colón, que también rige para las divisiones juveniles de la Liga de Rojas.
A continuación, el detalle:
DIVISIONES JUVENILES
SALAS Facundo (ARGENTINO): Art. 200° Inc. a) ap. 1°) TRES (3) PARTIDOS DE SUSPENSIÓN.
MACIEL Luciano (EL HURACÁN): Art. 207° UN (1) PARTIDO DE SUSPENSIÓN.
DIVISIONES SUPERIORES:
CERMINARA Mariano (DEPORTIVO UNIÓN): Art. 207° UN (1) PARTIDO DE SUSPENSIÓN.
GIBERT Kevin (DEPORTIVO UNIÓN): Art. 200° Inc. a) ap. 8°) TRES (3) PARTIDOS DE SUSPENSIÓN.
JUGADORES QUE ACUMULAN CUATRO (4) TARJETAS AMARILLAS:
LUEGIZAMO Andrés (RACING CLUB).
LIMA Alejandro (RACING CLUB).
RODIGIERO Juan José (ARGENTINO).
DEL VALLE Boris (ARGENTINO).
JUGADORES QUE ACUMULAN CINCO (5) TARJETAS AMARILLAS:
BRANCA Franco (RACING CLUB): Art. 208° UN (1) PARTIDO DE SUSPENSIÓN.
RUIZ TOZZI Federico (SPORTIVO BARRACAS): Art. 208° UN (1) PARTIDO DE SUSPENSIÓN.
NOTA CLUB ATLETICO ARGENTINO: En la cual solicitan que se revea la sanción aplicada al jugador CASTRILLO Manuel (48.036.069). Sobre el particular este Honorable Tribunal de Penas RESUELVE: Desestimar la misma en virtud de que el informe del Árbitros constituye semi plena prueba de lo acontecido, lo que no permite apártanos del mismo hasta que no se demuestre lo contrario en forma fehaciente. Teniendo el Club Argentino el derecho que le asiste el Art. 40° del Reglamento de Transgresiones y Penas.
EMPLAZAMIENTO A DIRIGENTES: De acuerdo a los hechos suscitados el día 24 de mayo de 2022: (apertura de sobres conteniendo los informes de los árbitros de los encuentros disputados los días 21 y 22 de mayo de 2022. Este Honorable Tribunal de Penas resuelve acusar al Sr. Marcelino Liandro, Sra. Natalia Comisso Srta. Emilia Alonso, por considerar falta grave y extralimitación de sus funciones. Se los emplaza a los acusados para que formulen su defensa por escrito, la que deberán presentar antes de las 20.00 horas, del día 14 de junio de 2022. Art. 7° R. T. y Penas y Art. 5° de la mencionada normativa. Una vez de recibidos las defensas correspondientes, el trámite será derivado al Consejo Directivo para que juzgue a los involucrados con lo que al respecto se establezca en el Estatuto y/o Reglamento de la Liga. Art. 6° del R. T. y Penas.