Según el Código Alimentario Argentino y Ordenanza Municipal

La carne picada deberá ser preparada delante del cliente

ROJAS, Agosto 29 (www.RojasCiudad.net) La Dirección de Bromatología comunicó que de acuerdo al Código Alimentario Argentino y la Ordenanza Municipal en vigencia Nº 816/92 del Código Bromatológico Municipal en su capítulo noveno, artículo cuarto se prohíbe la tenencia de carne picada en las carnicerías, supermercados y minimercados expendedores de productos cárnicos, la que solamente se puede preparar a pedido del cliente y en su presencia.

También se informa que de verificar la existencia de carne preparada, la misma será decomisada en el acto y el hecho penado con multa. Los operativos están a cargo del titular del área, Daniel Gallo

De esta manera, la gestión que encabeza el intendente Martín Caso demuestra su compromiso para con la salud de los vecinos, ya que es mucho mejor prevenir que curar. (www.RojasCiudad.net)

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