Según la ordenanza 3.443/2014

Están prohibidas las pegatinas y ciertos pasacalles

Es para mantener limpia la ciudad y que la campaña electoral no ‘contamine’ lo estético.
Es para mantener limpia la ciudad y que la campaña electoral no ‘contamine’ lo estético.


ROJAS, Junio 10 (www.RojasCiudad.net) El Concejo Deliberante sancionó la ordenanza 3.443/2014 en el mes de noviembre del año pasado con el efecto de mantener limpia la ciudad y cuidar lo estético ante el inminente inicio de la campaña electoral. Es por eso que se plantearon modificaciones a ordenanzas anteriores.

Se modificó el artículo 3º de la Ordenanza vigente 2896/2005 el cual quedó redactado de la siguiente manera: 'La actividad publicitaria y/o propagandística que resulta del artículo 1º de la Ordenanza 2032 /1994 será permitida siempre que no se afecte y/o atente contra la seguridad pública; no perjudique la visibilidad de la nomenclatura de calles, señales de semáforos u otras advertencias; no perjudique el tránsito vehicular o peatonal; no afecte la visibilidad de monumentos, estatuas, edificios de valor histórico y/o cultural, o visuales  relevancia urbanística; no atente contra el arbolado público; no sea colocado en columnas, postes, garitas y/o muros. Las denominadas  pintadas quedan también expresamente prohibidas en todo muro de  pertenencia pública y/o privada, salvo autorización otorgada por el titular del dominio de dichos muros.

Además se modificó el artículo 4º la Ordenanza vigente 2896 /2005 el cual quedó redactado de la siguiente manera: "En aquellos casos en los cuales la actividad publicitaria y/o propagandística no se encuentre prohibida, y transcurridos díez (10) días posteriores a la finalidad para la cual fueron colocados y/o pintados, deberán ser retirados los objetos utilizados y/o cubiertos los muros y/o espacios de tal manera que se le devuelva el aspecto de aseo y prolijidad que se pretende propender por medio de la presente.

Por otra parte se agregó el artículo 4º bis el que quedó redactado de la siguiente manera "En caso de verificarse situaciones prohibidas la Municipalidad de Rojas podrá proceder a su retiro y decomiso y/o a la cubierta de muros sin necesidad de notificar al responsable. En tales supuestos también podrá la Municipalidad perseguir contra el responsable el cobro de los gastos que demande el acondicionamiento del lugar y/o de la cosa”. (www.RojasCiudad.net)


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